Tengo un proyecto de ampliación en mente, me dificulta lo señalado en art. 2.6.2 de oguc. Dice que el adosamiento no puede superar el 40%, salvo autorización notarial del vecino que permita un adosamiento superior, además indica altura máx. de 3,5 mts y en angulo no mayor de 45°. Oguc argumenta en artículo solo consideraciones de privacidad del vecino y ninguna razón referente a temas de constructibilidad.
Es posible modificar altura de adosamiento, con autorización de vecino donde exprese precisamente la altura a construir, ya que oguc expone en este punto solo lo relacionado con el vecino?
Espero comentarios y sugerencias, ya que mi idea no prosperaría si tuviese que cumplir con ese resquicio.
Saludos y muchas gracias
¿Es posible modificar altura de adosamiento, con autorización de vecino donde exprese precisamente la altura a construir?
Tengo un proyecto de ampliación en mente, me dificulta lo señalado en art. 2.6.2 de oguc. Dice que el adosamiento no puede superar el 40%, salvo autorización notarial del vecino que permita un adosamiento superior, además indica altura máx. de 3,5 mts y en angulo no mayor de 45°. Oguc argumenta en artículo solo consideraciones de privacidad del vecino y ninguna razón referente a temas de constructibilidad.
Es posible modificar altura de adosamiento, con autorización de vecino donde exprese precisamente la altura a construir, ya que oguc expone en este punto solo lo relacionado con el vecino?
Espero comentarios y sugerencias, ya que mi idea no prosperaría si tuviese que cumplir con ese resquicio.
Saludos y muchas gracias
2 Respuestas
Hola Braulio,
La altura la puedes modificar siempre y cuando el vecino ya tenga construido más de lo señalado por la OGUC, es decir, más de 3,5m, esta construcción debiera estar aprobada; otra opción sería solicitar un permiso en simultáneo con el vecino, en donde se presentan dos permisos al mismo tiempo con una altura superior en el pareo o adosamiento, esto se da por ejemplo en viviendas pareadas; y la última opción sería acogerse al art 166 de la LGUC (Ley General de Urbanismo y Construcciones) que permite prescindir de las rasantes y por ende se puede superar la altura de 3,5m.
Espero sea de ayuda.
Saludos.
Muchas gracias Tamara por su respuesta, pero por lo que plantea respecto al artículo indicado, la ley precisa que para acogerse a ese artículo, se debe cumplir algunos requísitos, superficie construída y valor no supere las 520 uf, con ello cumplo con esos requisitos, pero ademas indica que se aplicaran las disposiciones de los planes reguladores referidas a areas de riesgos y de protección.
En certificado de informes previos que se me entrego, indida que la vivienda no está emplazada en estas zonas.
Dicho esto, es posible aún presentar el proyecto aludiendo a dicho artículo?.
Por otro lado, es posible que el vecino presente en forma simultánea un permiso de adosamiento pero no de ampliación, y en el caso mío de ampliación y adosamiento?.
O incluso además, se exprese en permiso notarial, que el vecino hará uso en futuro de ese muro para su propia ampliación.
Envío imágen del muro de deslinde donde sería el adosamiento.. mi casa es la que se ve en la imágen.
Reitero mis agradecimientos y asesoría.
Saludos cordiales.
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