Buenas tardes
Tengo una consulta sobre la normativa que permite construir en la linea de ante jardin.
El Art. 2.5.8 de OGUC, vinculado al Art.122 LGUC, posibilita la autorización de construcciones en el área de ante jardín de “casetas de portería”
PREGUNTA:
La ley no especifica si la caseta de portería es para acceder vehicular, de bicicletas o peatonal.
Es posible construir una caseta de acceso peatonal bajo este artículo ?
Y que esta cumpla con la ley que autoriza construir en la línea de ante jardin?
Atte
Yamil Sabra
Construir en la linea de antejardin
Buenas tardes
Tengo una consulta sobre la normativa que permite construir en la linea de ante jardin.
El Art. 2.5.8 de OGUC, vinculado al Art.122 LGUC, posibilita la autorización de construcciones en el área de ante jardín de “casetas de portería”
PREGUNTA:
La ley no especifica si la caseta de portería es para acceder vehicular, de bicicletas o peatonal.
Es posible construir una caseta de acceso peatonal bajo este artículo ?
Y que esta cumpla con la ley que autoriza construir en la línea de ante jardin?
Atte
Yamil Sabra
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