Construí cobertizo para automóvil en cada esquina sin saber que el costado lateral también se considera antejardin. No quedó completamente cubierto el espacio, se confederan como techumbre pese a ser una cubierta parcial? Se puede regularizar si es de más de 1.2 metros permitidos?
Se puede regularizar cobertizo después de construido?
Construí cobertizo para automóvil en cada esquina sin saber que el costado lateral también se considera antejardin. No quedó completamente cubierto el espacio, se confederan como techumbre pese a ser una cubierta parcial? Se puede regularizar si es de más de 1.2 metros permitidos?
2 Respuestas
Un parrafo del artivulo 2.6.2 de la OGUC describe lo siguiente; quizas pueda ayudarte...
"Los estacionamientos abiertos cubiertos podrán construirse dosados
a los deslindes en toda su longitud, excepto en los antejardines, siempre que la altura de su cubierta, en cualquier punto de ella, no exceda de 2,50 m. Estos estacionamientos no requerirán contar con muro de adosamiento."
Hola. Cuando construyes un cobertizo estas haciendo uso de la superficie predial, por lo tanto debes regularizar y declarar ese aumento de superficie ante la DOM (generalmente según calculo se considera la mitad) . Hay distintas maneras de regularizar, ley del mono, ampliación de vivienda social, obra menor. Se debe revisar la situación y evaluar. Ojo que si el cobertizo está adosado al deslinde debes cobtar con un muro de adosamiento con resistencia al fuego.
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